Ciudadanía Metropolitana

Una cláusula metropolitana en las Constituciones Provinciales

Durante el mes de noviembre hemos llevado adelante, junto a IBATIN – Proyecto Metropolitano, el primer ciclo de conversatorios entre expertos constitucionalistas y municipalistas de nuestro país, para explorar la posibilidad/factibilidad de incorporar una cláusula que enmarque y reconozca el hecho metropolitano en las reformas constitucionales que se vayan planteando en las provincias Argentinas.

Este año en Tucumán, Formosa y recientemente, Santa Fe, se ha comenzado a debatir la necesidad de reformar distintos aspectos legislados en sus Cartas Magnas. En los primeros casos, motivados fundamentalmente por cuestiones relativas a reformas electorales, y en el de Santa Fe básicamente para actualizar una de las constituciones más antiguas de nuestro país, que no se modifica desde hace más de seis décadas, y que no ha incorporado la reforma prevista en el Art. 123 de la Constitución Nacional de 1994, entre otros avances.

En este contexto, nos preguntamos acerca de la conveniencia y posibilidad de incorporar en estos debates la cuestión metropolitana, teniendo en cuenta no solo la realidad urbana de nuestro país, sino el hecho que dos de cada tres argentinos viven en áreas metropolitanas.

Particularmente, en el caso de Tucumán, el área metropolitana de San Miguel de Tucumán comprende casi el 75% de la población de la provincia y podemos señalar otros aglomerados urbanos que están consolidándose. Santa Fe tiene ley de áreas metropolitanas y experiencias enmarcadas en dicha legislación, por lo que entendemos que a partir de esa experiencia puede pensarse un artículo específico que le otorgue un nuevo impulso a la institucionalización de estas áreas, a partir de una mirada más amplia y un mayor compromiso de todos los gobiernos intervinientes.

Con estas premisas, y focalizados estos primeros conversatorios en el caso de Tucumán, convocamos a especialistas de distintas provincias de nuestro país y legisladores de Tucumán con iniciativas en la temática, a explorar las posibilidades de formular aportes.

Antonio María Hernández, constitucionalista y municipalista, Presidente Honorario de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, que fuera además, uno de los Constituyentes Nacionales de 1994 y Constituyente de la Provincia de Córdoba en 1987; Daniel Cravacuore, Doctor en Dirección y Gestión Pública de la Universidad de Jaén, reconocido Académico e Investigador internacional en temas municipales, titular de FINDEL y Director de la Unidad de Gobiernos Locales de la Universidad Nacional de Quilmes; Gabriela Ábalos, Doctora en Ciencias Jurídicas y Sociales, Especialista y Magister en Magistratura y Gestión Judicial, Profesora titular de Derecho Constitucional, Facultad de Derecho, Universidad Nacional de Cuyo y en la Universidad Nacional de Mendoza; Pablo Reca, Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, Profesor titular de Derecho público, provincial y municipal y Director del Instituto de Política y Gestión Pública de la Universidad Nacional de La Plata; Estela Massa, Doctora en Derecho Público y Economía de Gobierno de la Universidad Nacional de Tucumán, su Tesis fue sobre “La Cooperación en el área metropolitana”, fue además Representante de la Municipalidad de Tafí Viejo ante el Ente Metropolitano del Gran San Miguel de Tucumán año 2000-2003; Gustavo Arballo, Profesor adjunto de Derecho Público Provincial y Municipal en la Universidad Nacional de La Pampa. Especialista en Derecho Público y Doctor en Derecho por la Universidad de Córdoba; Mariela Uberti,  Abogada, docente titular en Universidad Católica de Santa Fe y de la FCJS de la Universidad Nacional del Litoral de Derecho Constitucional y Derecho Público Provincial y Municipal, Especialista por la UTN en Derecho Municipal; Javier Habib, abogado, Máster en la Universidad de Salamanca, y PhD en el Instituto Universitario Europeo, profesor titular de la materia Metodología de la Investigación en la Universidad San Pablo T, y co-director del Seminario de Teorías Jurídicas y Políticas de la UNT; Manuel Courel,  abogado por la Universidad Nacional de Tucumán, cursó una maestría en Derecho y Economía en la Universidad Torcuato di Tella. Del 2015 al 2023 se desempeñó como Jefe de Gabinete de la Municipalidad de Yerba Buena, Tucumán. Es legislador provincial y autor de diversas iniciativas de carácter metropolitano; Javier Noguera, abogado por la Universidad Nacional de Tucumán, Intendente de Tafi Viejo (2015-2023), ocupo diversos cargos en el gobierno de la Provincia de Tucumán vinculados a los temas municipales y fue presidente de la Federación Argentina de Municipios – FAM (2019-2022), integraron los paneles en las jornadas que contaron con la coordinación de los abogados Facundo Cabral, por IBATIN – Proyecto Metropolitano y Gabriel Fernández Arjona, por Ciudadanía Metropolitana.

Te compartimos a continuación las principales definiciones de los expertos:

Todos sabemos que en la Constitución de 1994 se plasmó la autonomía municipal. Ese concepto lleva implícita la idea de relaciones interjurisdiccionales.

Desde el orden provincial es evidente que el tema metropolitano debe ser incorporado en las próximas reformas constitucionales, pero debe hacerse de forma genérica.

Antonio María Hernández

 

Es muy interesante repasar el debate legislativo que ocurrió en la Provincia de Neuquén, a raíz de una ley que plantea la cuestión de la intermunicipalidad metropolitana -centrada en el caso de Confluencia- que fuera rechazada por la bancada de la mayoría, con el argumento que esto era un tema de autoridad propia de la autonomía municipal.

Daniel Cravacuore

 

Hablar de áreas metropolitanas nos lleva a pensar en extensiones urbanas, que a su vez como bien refería Daniel, nos lleva a un segundo elemento que es la interrelación de órdenes de gobierno, que en su conjunción debe llevarnos a la articulación de mecanismos de consenso.

Gabriela Ábalos

 

Todo fenómeno permanente debe ser institucionalizado. Hace más de 50 años que se viene observando el fenómeno de las Áreas Metropolitanas.
Las claves son la concurrencia y la cooperación.

Pablo Reca

 

Se debe organizar una situación por demás compleja, como son las áreas metropolitanas.
Es fundamental construir institucionalidad. Debemos llevar la Constitución al siglo XXI.

Estela Massa

 

Es necesario tener un andamiaje constitucional sobre el tema. Cuando uno diseña la Constitución tiene que tener en cuenta la realidad que es la conurbación.

Gustavo Arballo

 

Soy crítica de la profusión normativa, pero soy consciente que mi provincia tiene que producir una reforma constitucional. Recursos y autonomía son temas centrales.

Mariela Uberti

 

Tres razones para la incorporar la posibilidad de crear espacios de coordinación en la Constitución
1. Las áreas metropolitanas son espacios compartidos entre distintos gobiernos que necesariamente deben pensar soluciones compartidas.
2. De no existir esos espacios, nadie tiene incentivos para tratar de forma conjunta los problemas comunes.
3. Es mas eficiente que lo aborde un solo órgano.

Javier Habib

 

Cuando presentamos el proyecto de reforma de la Constitución, incorporamos la necesidad de crear y regular ámbitos de cooperación en áreas metropolitanas.

Manuel Courel

 

Aspiramos a ir sorteando los desafíos del futuro. Nos preocupa el crecimiento del área metropolitana de Gran Tucumán y entendemos que merece ser intervenido no sólo desde el punto de vista jurídico, sino también político.

Javier Noguera

 

Podrás ver las dos jornadas completas en nuestro canal de YouTube: https://www.youtube.com/channel/UCvo5QMqUEnx4xyamZRc8FKA

Sobre la base de los aportes brindados por los especialistas, en los próximos meses estaremos presentando un documento con las recomendaciones para la definición de una cláusula metropolitana para las constituciones provinciales.

Si te interesa hacer aportes a este tema, comunicate con nosotros: info@ciudadaniametropolitana.org.ar